Los accidentes de tráfico no sólo dejan secuelas físicas y emocionales, también provocan pérdidas futuras, y no es fácil medir o valorar el daño que una fatalidad en la carretera podría ocasionar en tiempos venideros. La indemnización del dinero que se dejaría de ganar lleva el nombre de lucro cesante, y resarce la ganancia patrimonial que deja de obtenerse
Esta entrada fue publicada
el sábado, abril 25, 2009
y está archivada en
CONSEJOS
.
Usted puede publicar un comentario
y seguir los comentarios a esta entrada con
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
.

0 comentarios